HS ASESORES SE ADJUDICA UN NUEVO CONTRATO DEL BERD EN ARMENIA

HS ASESORES SE ADJUDICA UN NUEVO CONTRATO DEL BERD EN ARMENIA

– Durante el próximo año prestará asistencia estratégica a los principales actores del sector tecnológico del país asiático.

– Armenia se define como el Silicon Valley de Asia Central, un hub tecnológico con multitud de centros de desarrollo de empresas extranjeras.

La firma de consultoría y asesoramiento alicantina Hernández Sánchez Asesores ha sido adjudicataria de un nuevo contrato del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), dentro de su programa de asistencia al sector privado, mercados estratégicos y emprendimiento.

El Banco es una institución financiera multilateral que cuenta como donatarios con 69 países, la Unión Europea y el Banco Europeo de Inversiones. Desarrolla y financia proyectos en 25 países del Norte de África, Europa del Este y Asia. Dentro del Programa de apoyo al Sector Privado de estos países, contrata a consultoras internacionales, cuya experiencia y cualificación es evaluada para ser homologadas como expertos.

Durante este proyecto, la consultora de Alicante realizará una revisión estratégica de todos los aspectos operativos, desde calidad hasta ventas, marketing, exportaciones o planificación financiera y operativa, ayudando a empresas del sector tecnológico a cumplir los estándares internacionales e incorporar procesos de innovación que les haga más competitivas.

Desde hace dos décadas, numerosas empresas de EE.UU. y países europeos han ubicado en Armenia sus centros de desarrollo de software, dada la abundancia de personal con formación tecnológica. Sin embargo, no se ha desarrollado un ecosistema potente, capaz de competir internacionalmente, más allá de su área de influencia.

Ya durante el pasado año, Hernández Sánchez Asesores desarrolló un contrato similar con el BERD en Jordania. En esa ocasión, trabajó con los principales actores del sector medioambiental del país. Empresas que son líderes en la región de Oriente Medio y Norte de África, pero que contaban con pocas referencias en otros territorios. Como resultado de este trabajo, ya se han materializado contratos de cooperación con instituciones y empresas europeas para colaborar conjuntamente en proyectos.

¿Cómo cambia el IVA del comercio electrónico a partir de julio de 2021?

¿Cómo cambia el IVA del comercio electrónico a partir de julio de 2021?

La legislación relativa al IVA, como muchas otras, ha quedado obsoleta desde que el comercio electrónico irrumpió en nuestra economía. La conceptualización tradicional radicaba en los intercambios comerciales locales, puesto que, sin internet, nadie compraba a un vendedor que no estuviera en su entorno. Por este motivo, desde que las ventas electrónicas se generalizaron y crecen a ritmos exponenciales, hace unos años en la Unión Europea se comenzó a introducir la tributación del IVA en el país de destino, cuando se vende a un consumidor final. Sin embargo, la gestión de los pagos de estos impuestos adeudados era farragosa y una traba para las empresas que apostaran por internacionalizarse a través de las ventas en su propia web o de marketplaces, como Amazon, por ejemplo. No existía un sistema tributario colaborativo que facilitara la vida de los vendedores online. Máxime en un mercado supuestamente único.

En 2017 se aprobó una nueva Directiva para poner facilidades a este tipo de transacciones. Los diferentes Estados miembros hicieron la transposición a sus respectivos sistemas nacionales. Y su fecha de entrada era el 1 de enero de este año, pero se retrasó por el COVID y otros motivos hasta el próximo 1 de julio.

¿Qué cambios se van a producir en el pago y las declaraciones de IVA de las ventas realizadas en otros países de la Unión Europea?

1. Desaparecen los umbrales de ventas a distancia. Hasta ahora, cada país establecía el importe a partir del cual una empresa de otro Estado miembro debía comenzar a cobrar y pagar en destino el IVA de las transacciones que tuviera con consumidores de esos territorios. Por ejemplo, si tenías una empresa que vendía online más de 35.000€ a consumidores (no empresas) franceses en un año, debía registrarse a efectos de IVA en ese país, presentar las declaraciones de IVA periódicas correspondientes allí y pagar el IVA resultante, aplicando el tipo local (el 20%). Esto también se podía hacer por voluntad propia, aunque no se hubiera excedido el umbral nacional. Desde ahora, se tributará al tipo de IVA del país de destino desde la primera venta.

2. Las ventas a distancia ahora se tributarán en el país de origen. A diferencia del sistema actual, en el que las empresas debían hacer tantas declaraciones como países en los que vendan, si han pasado el umbral o lo han decidido voluntariamente, existirá una ventanilla única donde se especificará qué ventas se han realizado en cada país y cuánto será el IVA a ingresar. La Agencia Tributaria española se encargará de colaborar con el resto de Agencias europeas para la presentación y el pago que corresponda en cada uno de ellos. Este sistema será análogo al que usamos desde hace años para los servicios electrónicos.

3. Los marketplaces serán responsables de la liquidación y el pago del IVA de las empresas de fuera de la Unión Europea. Por tanto, si tienes una plataforma que venda productos de una empresa extranjera, aunque actúes como mero intermediario, desde ahora cambia tu responsabilidad en las operaciones.

Este nuevo sistema va a suponer una ventaja a la hora de establecer una estrategia de internacionalización digital, vía que cada vez empleamos más con nuestros clientes, sobre todo en sectores de bienes de consumo. Evitará carga administrativa y burocrática y, por supuesto, costes. Solo quedarán fuera las empresas que no vendan al año más de 10.000€ a consumidores finales en todos los países de la Unión.

Sin embargo, hay que recordar que este sistema se refiere a las ventas a distancia, es decir, aquéllas que son enviadas desde el país de origen del vendedor, o donde tenga un almacén, hasta el país del consumidor final, siendo todos ellos Estados de la UE. No aplica por tanto a aquellas operaciones que se hagan usando instalaciones en suelo del país del comprador, donde la empresa esté establecida. Es decir, si por ejemplo, vendes a través de tu web a un consumidor en Alemania y sirves el producto que tienes allí depositado en un almacén propio donde estás establecido, estas operaciones se seguirán declarando en Alemania. Lo mismo si vendes a empresas, puesto que la ventanilla única se contempla para consumidores finales. 

Por tanto, esta novedad impositiva afectará a la estrategia de comercialización y logística de aquellas empresas que estén internacionalizadas digitalmente, así como facilitará la tramitación burocrática. Por otro lado, será necesario, al igual que con el sistema anterior, contar con asesoramiento externo en fiscalidad internacional que conozca los diferentes sistemas de IVA en todos los países de la UE en los que se opere.

Si quieres internacionalizar tu actividad y piensas que el e-commerce puede abrirte las puertas de otros mercados, puedes contar con nosotros tanto para diseñar la estrategia de comercialización, como la selección de mercados y asesorarte en la gestión fiscal que ello conlleva. Contamos con una red internacional con la que asistimos a nuestros clientes en todas estas cuestiones. 

 

Hernández Sánchez Asesores teams up with Sol Sports Properties to assist foreign clients with tax, employment and accounting queries

Now more than ever,  foreign companies and individuals have the opportunity to set up and remote work from Spain, but are so often put off by Spanish bureaucracy and confusing information surrounding tax, accounting and employment issues.

We often find that foreigners struggle with Spanish bureaucracy and they are not able to cope with the peculiarities that our national legislation has.

We are usually contacted by foreign companies willing to relocate or setting up a branch in Spain, or foreign individuals wanting to move to our country and work remotely for their employers. They know they want to start operating in Spain, but they need expert advice on the procedures and information about the specific requirements.

After Brexit and Covid-19, an increasing number of professionals and global employees have decided to relocate to warmer places and work remotely, but they need to adhere to tax obligations in their new host country. We work on a case-by-case basis to answer all their queries and meet all the needs arising from the obligations of individual taxpayers in an international context.

Besides this, a growing number of companies have gone global, but labour mobility and tax obligations require careful preliminary planning, for both companies and employees.

Our experience in setting up foreign companies in Spain makes everything so much easier for our clients and expedites the process to start their operations in Spain. We coordinate all the necessary requirements with the different administrations and have a network of collaborators that includes all the necessary services (notaries public, translators, engineers, architects, etc.).

Moreover, we are specialised in international business, so we are used to work in multicultural teams. Our value is not only providing professional services, but understanding cultural and language differences too.

Our staff are fluent in several languages, which is why we can offer our foreign clients not only our in-depth knowledge of both the regulations and operations in Spain, but also our know-how of the international context in their own language.

From now on we will collaborate with Sol Sports Properties with their clients’ queries on tax, accounting and market entry issues in Spain. They are specialized on sports companies and foreign individuals investing in Spain. 

¿Cómo afecta el Brexit a las operaciones con Reino Unido desde el 1 de enero?

¿Cómo afecta el Brexit a las operaciones con Reino Unido desde el 1 de enero?

A pesar del borrador de Acuerdo de comercio y cooperación entre la UE y el Reino Unido, alcanzado el pasado 24 de diciembre y que deberá ser ratificado por el Parlamento Europeo y los Estados miembros, a partir del próximo 1 de enero, el Reino Unido dejará de formar parte de la Unión Aduanera y del Mercado Único de la UE. Si  bien este Acuerdo no prevé que se establezcan aranceles o cuotas en las relaciones comerciales entre la UE y Reino Unido, las empresas que realicen intercambios comerciales con este país, deberán tener en cuenta una serie de cuestiones que serán de aplicación desde esta fecha:

– Desde esta fechas, las operaciones con este país serán exportaciones e importaciones.

– Por ello, las empresas españolas y europeas que comercien con Reino Unido deberán contar con un número EORI de un Estado de la UE.

– Todos los envíos y recepciones de mercancía desde o para el Reino Unido deberá acompañarse de una declaración aduanera. Estas se pueden realizar por los propios operadores o por un representante aduanero.

– Algunas mercancías estarán sujetas a controles adicionales a los de las Aduanas, por lo que es necesario informarse previamente de los requisitos de importación y exportación. Entre estas mercancías encontramos los animales vivos y productos de origen animal, las plantas y productos vegetales frescos, los productos destinados a consumo humano, los productos farmaceúticos, algunos productos químicos o los embalajes de madera o seguridad de los productos en textil, calzado, juguetes, muebles o material eléctrico, entre otros. Pincha aquí para más información.

– Los productos importados deberán abonar el IVA correspondiente al entrar en territorio europeo. De igual manera, las exportaciones a Reino Unido no incluirán IVA y ya no se deberán declarar como operación intracomunitaria.

– Irlanda del Norte, aunque parte de Reino Unido, continuará aplicando la normativa de la UE en aduanas, IVA e impuestos especiales. 

Para los controles de las importaciones en Reino Unido, el Gobierno británico ha establecido un procedimiento en tres etapas, según el tipo de productos de que se trate. Estas etapas se iniciarán el enero, abril y julio de 2021. Con carácter general, aquellos productos con controles específicos, como animales vivos, productos sujetos a impuestos especiales o plantas y productos de pesca, requerirán de declaración aduanera desde el 1 de enero, mientras que el resto de productos podrán hacer una declaración en diferido, que será obligatoria desde el 1 de julio. Desde el 1 de abril todos los productos de origen animal y todas las plantas y vegetales no exentos requieren a partir de esta fecha notificación previa y la documentación sanitaria relevante.

Además, el marcado CE ya no será válido en el Reino Unido, sino que desde el 1 de enero se requerirá el marcado UKCA y para Irlanda del Norte el marcado UKNI. Habrá un periodo transitorio en el que se podrá usar el marcado CE hasta el 1 de enero de 2022. Los productos que requieren de marcado CE para poder venderse en otros países europeos son aquellos afectados por una o más Directivas Europeas, cumpliendo con los requisitos de seguridad, salud y medio ambiente europeos.

HS Asesores asesora a la Comisión Europea sobre el diseño de programas de licitaciones

HS Asesores asesora a la Comisión Europea sobre el diseño de programas de licitaciones

Las licitaciones públicas internacionales son concursos lanzados por Gobiernos y organismos públicos de otros países para la provisión de productos y servicios necesarios para los ciudadanos.  Esta interesante vía de internacionalización supone una alternativa, especialmente para algunos sectores en los que los compradores públicos son clientes relevantes. Sin embargo, las pymes encuentran obstáculos y barreras que dificultan su acceso. Algunos de ellos están relacionados con la falta de acceso a información de otros mercados, la capacitación del personal, la formación de consorcios y la búsqueda de socios o la preparación de ofertas. Por ello, la Unión Europea está apostando fuertemente por facilitar el acceso de las pequeñas empresas a este mercado.

No es muy conocido que en los últimos años la mayoría de Tratados Comerciales firmados por la UE con otros países incluye el acceso al mercado público en igualdad de condiciones para las empresas europeas. Por ello, han aparecido posibilidades que antes estaban vetadas. Aún así, sobreviven otros problemas que necesitan de un soporte global. Entre los países con este tipo de acuerdo encontramos algunos como Ucrania, Vietnam, Chile, Colombia, Canadá o Israel. Persisten otros donde el acceso al mercado público se limita para las empresas extranjeras y solo se puede acceder con compañías nacionales.

Además, esta vía supone una oportunidad de impulsar sectores estratégicos e innovadores, ya que en algunos de estos países la tecnología está menos avanzada y en otros hay ocasiones para fomentar espacios de co-creación donde se exporten soluciones novedosas. En este sentido, hay que crear relaciones de confianza con las autoridades del país del destino y formar a las empresas españolas que deseen participar en estos contratos, puesto que la contratación pública internacional requiere de curva de aprendizaje.  

Nuestra empresa asesora durante más de 20 años a empresas interesadas en establecer una estrategia de concurrencia a contratos públicos internacionales. Además, también hemos aplicado este saber hacer para convertirnos en adjudicatarios de este tipo de contratos con algunos organismos públicos de otros países. Por ello, la Comisión Europea confió en nosotros para prestarles asesoramiento en el diseño de los programas que los diferentes Estados miembros han creado para promover la participación de las pymes en los mercados públicos fuera de la UE. Este trabajo se ha desarrollado durante los últimos meses de este año.

HS Asesores ha sido homologado por eMarket Services, de ICEX

HS Asesores ha sido homologado por eMarket Services, de ICEX

Hernández Sánchez Asesores cuenta con una dilatada experiencia en internacionalización y fiscalidad en modelos de negocio digitales. Desde casi los inicios de la aparición de los marketplaces y las compras a través de medios online, nos hemos especializado en ayudar a nuestros clientes a definir su modelo de negocio para tener presencia en el canal digital, usarlo como una vía de internacionalización, así como estudiar y analizar las consecuencias fiscales que tiene para la empresa. 

Durante este tiempo no solo hemos trabajado con empresas que comercializan productos, sino que hemos estudiado y analizado la digitalización de negocios de prestación de servicios: profesionales, tecnológicos, culturales, artísticos o formativos, entre otros. Todos ellos, tienen características específicas y condicionantes, en función del mercado en que se venda, de quién sea nuestro cliente, el medio que se use para cerrar las ventas, así como los medios que se usen. Por ejemplo, no será lo mismo vender desde nuestro país a clientes

europeos, que usar los almacenes de Amazon para depositar la mercancía y servir a los clientes de ese territorio. Tampoco se tiene por qué usar el mismo catálogo de productos o servicios o dirigirse al mismo perfil de cliente en el canal físico que en el digital.

En estos años trabajamos tanto con empresas españolas que usan el canal digital como una vía más de distribución nacional e internacional, como con empresas extranjeras que deciden introducirse en España a través de medios online.

En esta pandemia, se ha producido una aceleración de la introducción en el canal digital de muchas empresas. Aquello que algunos llaman la omnicanalidad, que no es más que la convivencia del canal físico tradicional y el canal digital, es más necesaria que nunca. Y muchas empresas han sacado su creatividad para tener presencia y contacto con clientes a través de RRSS, internet, webs propias, plataformas de venta online e incluso Whatsapp. Por ello, se hace más necesario contar con asesoramiento especializado y solvente en este área.  

ICEX ha lanzado eMarket Services, una plataforma online donde las empresas interesadas en los mercados digitales y la internacionalización podrán encontrar información y servicios especializados que le apoyen en esta estrategia. Para nosotros es un orgullo haber sido homologados como proveedores en servicios de innovación, fiscalidad y normativa, avalando nuestra extensa experiencia y capacitación. Aquí puedes ver nuestro perfil de proveedor homologado.

Si te interesa conocer qué posibilidades tiene tu negocio en el canal digital, cómo puedes acudir a mercados internacionales a través de ventas online o necesitas asesoramiento fiscal en las obligaciones de estas ventas en España y otros países, ponemos a tu disposición estos servicios.