¿Cuáles son las claves para exportar o invertir en África?

¿Cuáles son las claves para exportar o invertir en África?

La expansión internacional de las empresas extranjeras en África supone una oportunidad estratégica en un continente que, a pesar de los desafíos históricos y socioeconómicos, se está posicionando como un centro clave de crecimiento global. 

Con una población joven y creciente, abundantes recursos naturales y mercados en constante evolución, África se está convirtiendo en un destino cada vez más atractivo para la inversión extranjera directa (IED). 

La región está llevando a cabo reformas económicas que mejoran la competitividad y facilitan el acceso a nuevos sectores y mercados. Sin embargo, las empresas interesadas en establecerse deben considerar una serie de factores esenciales. Las diferencias culturales y las regulaciones locales son aspectos clave para una integración exitosa. 

Por ello, debemos analizar en detalle las diversas oportunidades de inversión, centrándonos en los potenciales que nos ofrece el continente africano, al mismo tiempo que tenemos en cuenta la adaptación en términos culturales y normativos

Claves de éxito

Además de recurrir a las fuentes indicadas de financiación en nuestro anterior post, se requiere una estrategia planificada que tenga en cuenta las particularidades del entorno local. Las empresas deben considerar los siguientes factores:

  1. Comprender las diferencias regulatorias y culturales. Cada país cuenta con un marco legislativo, fiscal y regulatorio particular, así como una cultura empresarial propia. Para entrar en un mercado, debemos conocer estas disparidades.
  2. Compilar una matriz de riesgos. Identificar riesgos potenciales, su probabilidad, impacto y medidas de mitigación permite tener una visión amplia de cada paso a seguir.
  3. Llevar a cabo una diligencia debida rigurosa para conseguir una selección adecuada de socios locales, representantes o agentes.
  4. Involucrar a los entes reguladores. Presentar y explicar los proyectos a las autoridades regulatorias es esencial para evitar retrasos. Contar con asesores locales puede facilitar este proceso.
  5. Colaborar con agencias de inversión: Estas entidades pueden ser útiles, pero las expectativas deben ser realistas. Tener claras las peticiones específicas al acercarse a estas agencias es clave.
  6. Invertir tiempo y presencia: Las relaciones de confianza se construyen en persona. Estar presente en el país y entender el idioma y la cultura locales puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso.

¿Cómo podemos darte soporte en este tipo de proyectos? 

Aunque es un continente de oportunidades, África es un territorio que requiere de conocimiento local y una red de contactos, tanto en el sector público, como en el sector privado. HS Asesores forma parte de GMEC (Global Market Entry Consultants), una red de consultores internacionales que permiten la entrada en 33 países a aquellas empresas en expansión.

En primer lugar, podemos ayudarte a entender y seleccionar las mejores oportunidades en contratos con organismos internacionales o bancos multilaterales que apoyen proyectos en el continente africano. Su ámbito de aplicación se ha ampliado en los últimos años y, junto a los tradicionales proyectos en infraestructuras, sanidad, educación, agricultura o agua, hemos acompañado a empresas en ámbitos como la innovación o la digitalización. Para tener éxito en este campo, es necesario definir una estrategia que se adapte a las características de cada empresa y al mercado objetivo, seleccionando países, sectores y perfiles de socios locales. 

Por otro lado, te podemos ayudar a identificar oportunidades, clientes o socios, así como acompañarte en la cimentación del proyecto: desde la elaboración de due diligence, a la planificación financiera y la gestión de los contratos.

Nuestra dilatada experiencia en licitaciones y proyectos públicos internacionales es compartida por nuestros socios, como Gushikama Business Consult

Además, en GMEC también contamos con socios en Ghana, Ruanda, Senegal, Sudáfrica y Uganda, que colaboran con nosotros en este tipo de proyectos.

Imagen: Freepick

HS Asesores, seleccionada como mentor en la nueva UE Space Academy

HS Asesores, seleccionada como mentor en la nueva UE Space Academy

El sector aeropacial vive un nuevo renacimiento en los últimos años. Más allá de la carrera espacial durante la guerra fría, en la actualidad multitud de gobiernos están apoyando el desarrollo de un ecosistema empresarial que sea capaz de competir en este segmento de mercado. La UE no se ha quedado atrás y dentro de la EU Agency for the Space Programme (EUSPA), ha puesto en marcha EUSPA Academy.

El objeto de este programa formativo es apoyar a emprendedores con ideas innovadoras en el ámbito aeroespacial, así como empresas y startups que quieran pivotar hacia este nicho de mercado. Esta academia ofrecerá formación y mentorización individual gratuita para aquellos que quieran formar parte de la nueva iniciativa.

HS Asesores hemos sido seleccionados como mentores de inicitivas emprendedoras para diseñar modelos de negocio, estrategias de inversión y planes de validación de productos e innovación abierta. Nuestra amplia experiencia en el sector aeroespacial y de defensa nos avala. Ya participamos como mentores de proyectos apoyados por el programa europeo EDF, denominado Programa EUDIS.

Entre las principales tendencias del sector están el desarrollo de satélites pequeños, el uso de fabricación avanzada para el espacio, como impresión 3D o robótica, el uso de datos espaciales para multitud de sectores o el desarrollo de propulsores espaciales. 

Si estás interesado en unirte al programa formativo, conocer a los mentores y expertos y reservar tus talleres o mentoría individual, puedes acceder a través de este enlace: https://www.euspa.europa.eu/spaceacademy/ 

 

 

What are the new Computerised Invoicing Systems (CIS) and when do they come into force?

What are the new Computerised Invoicing Systems (CIS) and when do they come into force?

Royal Decree 1007/2023, of 5 December, approved the requirements to be adopted by the computer or electronic systems and programmes that support the invoicing processes of entrepreneurs and professionals, which are known as computerised invoicing systems or SIFs (also commonly known as VERI*FACTU, although this is only one of the SIFs contemplated). Its implementation has been delayed due to the lack of publication of the regulation, but the conditions for its implementation have now been established. The specific details and regulations governing this new electronic invoicing system were established in the ‘Crea y Crece’ law, enacted in September 2022.

It will be compulsory for all companies and self-employed workers who have a business activity and invoice digitally or with software used for this purpose. This covers invoices to companies, simplified invoices to consumers and any other electronic means of issuing documents supporting income. It does not affect, for example, the entrepreneur who invoices income on paper and does not keep an electronic or digital record. Companies that keep their VAT records through the Tax Agency’s electronic headquarters (SII-VAT) are not affected.

The Invoicing System will affect all revenue invoices issued. It does not matter whether the client company is a national company, an intra-Community operation or an export operation.

According to the published regulation, invoicing system providers will not be able to market any software that does not comply with the requirements of the SIF from 1 July 2025.

On the other hand, entrepreneurs will be obliged to use it from 1 January 2026, in the case of those who pay Corporate Tax (Limited Companies, Public Limited Companies, Civil Partnerships, etc.), while the deadline for the self-employed and those who pay Personal Income Tax will begin on 1 July 2026.

The main features of these systems are aimed at reinforcing the traceability and control of the invoicing of business income.

Among the two possible SIFs contemplated in the regulation, VERI*FACTU is included in the development of the Anti-Fraud Law. This has been promoted by the Tax Agency, and those who decide to use it will send invoices issued to the Tax Agency on a voluntary basis and in real time when they are issued.

What are the requirements for invoices under the new system?

– All invoices will carry a ‘tax’ QR code, on which the details of the invoice and the issuer can be read.

– They must have a ‘hash’ or digital fingerprint that provides information on the date and time the invoice was issued. This code prevents invoices from being modified.

– In addition, the system must ensure invoice traceability, preventing invoices from being substituted or not all invoices issued from being declared for tax purposes.

– Entrepreneurs who do not opt for a VERI*FACTU system and voluntarily send all invoices to the Tax Agency in real time must keep and ensure the integrity and unalterability of their invoice records for four years. Invoicing software shall be designed for this purpose.

– All invoices issued must be electronically signed by the entrepreneur.

The mandatory requirements to be met with the invoices issued shall not exempt or eliminate any other obligations concerning the keeping of accounting books and compliance with tax obligations. Therefore, even if the VERI*FACTU system is used, these obligations will remain the same.

¿Qué son los nuevos Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y cuándo entran en vigor?

¿Qué son los nuevos Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y cuándo entran en vigor?

El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre aprobó los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, que se denominan sistemas informáticos de facturación o SIF (también comúnmente conocido como VERI*FACTU, aunque este es solo uno de los SIF contemplados). Su aplicación ha sufrido retraso por la falta de publicación del reglamento, pero ya se han establecido los condicionantes para su puesta en marcha. Los detalles y normativas específicas que regirán este nuevo sistema de facturación electrónica fueron establecidos en la ley «Crea y Crece», promulgada en septiembre de 2022.

Será de obligado uso para todas las empresas y autónomos que tengan una actividad empresarial y facturen de forma digital o con un software usado para ello. Esto abarca las facturas a empresas, las facturas simplificadas a consumidores y cualquier otro medio electrónico de emisión de documentos justificativos de los ingresos. No afecta, por ejemplo, al empresario que realice sus facturas de ingresos en papel y no lleve un registro electrónico o digital. Quedan fuera aquellas compañías que lleven sus registros del IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (SII-IVA).

El Sistema de Facturación afectará a todas las facturas de ingresos emitidas. Da igual que la empresa sea nacional, o se trate de una operación intracomunitaria o exportación.

Según el reglamento publicado, las empresas proveedoras de sistemas de facturación no podrán comercializar ningún programa que no cumpla con los requisitos de los SIF desde el 1 de julio de 2025. 

Por otro lado, los empresarios deberán usarlo obligatoriamente desde el 1 de enero de 2026, en el caso de aquellos que tributen por Impuesto de Sociedades (Sociedades Limitadas, Sociedades Anónimas, Sociedades Civiles, etc), mientras que el plazo para autónomos y aquellos que tributen por IRPF comenzará el 1 de julio de 2026. 

Las principales características de estos sistemas van destinadas a reforzar la trazabilidad y el control de la facturación de los ingresos empresariales. 

Dentro de los dos posibles SIF que contempla la normativa, VERI*FACTU se incluye en el desarrollo de la Ley Antifraude. Éste ha sido impulsado por la Agencia Tributaria y, quiénes decidan acogerse a él, enviarán de forma voluntaria y en tiempo real las facturas emitidas a la Agencia Tributaria cada vez que se elaboren.

¿Cuáles son los requisitos de las facturas con el nuevo sistema?:

– Todas las facturas llevarán un código QR «tributario», en ella se podrán leer los datos de la factura y del emisor de la misma.

– Tener un «hash» o huella digital que dé datos sobre la fecha y hora de la emisión de la factura. Con este código se evita que las facturas se puedan modificar.

– Además, el sistema deberá asegurar la trazabilidad de la facturación, evitando que se sustituyan facturas o no se declaren tributariamente todas las emitidas.

– Los empresarios que no opten por un sistema VERI*FACTU y envíen en tiempo real voluntariamente todas las facturas a la Agencia Tributaria, deberán conservar y asegurar la integridad e inalterabilidad de sus registros de facturas durante cuatro años. Los software de facturación deberán estar diseñados a tal efecto. 

– Todas las facturas emitidas deberán estar firmadas electrónicamente por el empresario.

Los requisitos obligatorios a cumplir con las facturas emitidas no eximirán ni eliminarán ninguna otra obligación referente a la llevanza de libros contables y cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por tanto, incluso si se acoge al sistema VERI*FACTU, dichas obligaciones continuarán siendo las mismas. 

What will employee time registration look like in Spain from 2025?

What will employee time registration look like in Spain from 2025?

Since the entry into force of Royal Decree Law 8/2019, all companies are obliged to keep a time and attendance register of their employees, showing their arrival and departure to and from work. This is intended to control the effective working hours of all employees, regardless of the type of contract and the characteristics of the companies.

To date, it has been possible to keep records either on paper, with the workers’ signatures on entering and leaving workplaces, or by means of touch-sensitive devices. However, both options will no longer be available from January, when the new modification of the regulation comes into force.

Regarding the fingerprint, the Spanish Data Protection Agency has issued a report stating that the use of biometric data (the fingerprint) is equivalent to storing personal data that would allow employees to be identified and, therefore, should not be used as it is not included in the time registration regulations. Instead, it recommends using card systems or other methods of identification.

According to the Ministry of Labour, from January 2025 the time recording of working hours will have to be done digitally, either with a time and attendance terminal or by signing digital documents by App. It will also be possible to clock in with a card or with a unique code for each employee. Each company, depending on its needs, will have to implement the type of digital terminal that best suits its circumstances for recording the time and attendance of its workers.

This will be extended to all workers and types of work, i.e. those who work remotely or on an itinerant basis, such as salespeople, technicians or labourers, for example, will also have to record their working day on a daily basis. Also those who temporarily move away from the workplace. For this reason, there are options that allow web and app access from mobile phones.

In addition, as a new feature, all breaks taken by the worker must also be recorded.

With this new modification, this data must meet the following requirements:

– To have a digital record of the start and end times of the working day for all workers. The control of the working day must be carried out on a daily basis and is independent of the possible flexible working hours that may be given to workers or work at a fixed, itinerant or remote location.

– Keep this information for four years.

– Have this information available to workers, their representatives and labour inspectors.

– Immediate and direct access to the data by the Labour Inspectorate.

– No paper records or records in which data can be modified will be allowed.

– GDPR compliance

Failure to comply with the GDPR carries significant penalties , so we recommend that appropriate measures are taken. These are:

– Minor: From €751 to €7,500, if hours worked are not recorded correctly.

– Serious: From €7,501 to €22,000, for falsifying records or not having a timekeeping system.

– Very serious: Fines of €22,001 up to €187,515 for recidivism or massive fraud in the recording of working hours.

The Labour Inspectorate has launched specific campaigns to control compliance with the rule.

¿Cómo será el registro horario desde 2025?

¿Cómo será el registro horario desde 2025?

Desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2019 todas las empresas están obligadas a llevar el registro de control horario de sus trabajadores, reflejando la entrada y salida de los mismos a sus puestos de trabajo. Con ello, se pretende controlar las horas de trabajo efectivo de todos los empleados, con independencia del tipo de contrato y las características de las empresas.

Hasta la fecha,  se permitía llevar el registro tanto en papel, con la firma de los trabajadores a la entrada y a la salida de los centros de trabajo o bien mediante dispositivos con la huella táctil. Sin embargo, ambas opciones van a dejar de ser utilizables desde enero, cuando entre en vigor la nueva modificación de la norma.

Respecto a la huella digital, la Agencia Española de Protección de Datos ha emitido un informe en el que afirma que el uso de datos biométricos (la huella dactilar) equivale a almacenar datos personales que permitiría identificar a los empleados y, que, por tanto, no se debe usar pues la normativa del registro horario no lo incluye. Recomienda, en su lugar, usar sistemas con tarjetas u otros métodos de identificación.

Según apunta el Ministerio de Trabajo, desde enero de 2025 el registro horario de la jornada deberá hacerse de forma digital , bien con un terminal de control de presencia de los trabajadores,  o mediante la firma de documentos digital por App. También se podrá fichar con una tarjeta o con un código único para cada empleado. Cada empresa, dependiendo de sus necesidades, deberá implementar el tipo de terminal digital que mejor se adapte a sus circunstancias para el registro del control horario de la jornada laboral de sus trabajadores.

Éste se extenderá a todos los trabajadores y tipos de trabajo. Es decir, aquellos que realicen trabajos en remoto o de forma itinerante, como comerciales, técnicos u obreros, por ejemplo, también deberán registrar su jornada diariamente. Por ello, hay opciones que permiten acceso web y app desde el móvil.

Además, como novedad, se deben registrar también todas las pausas que realice el trabajador obligatoriamente.

Con esta nueva modificación, estos datos deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener un registro digital del horario de inicio y fin de la jornada laboral de todos los trabajadores. El control de la jornada se debe realizar diariamente y es independiente de la posible flexibilidad horaria que se pueda dar a los trabajadores o del trabajo en sede fija, itinerante o en remoto.
  • Conservar esta información durante cuatro años.
  • Tener esta información a disposición de los trabajadores, sus representantes e inspectores laborales.
  • Acceso inmediato y directo a los datos por parte de la Inspección de Trabajo.
  • No se permitirá ni registro en papel ni aquel en el que se puedan modificar datos
  • Cumplimiento de la normativa del GDPR

No cumplir con la Ley de control horario conlleva sanciones significativas , por lo que recomendamos se tomen las medidas adecuadas. Éstas son:

  • Leves: Desde 751 € hasta 7.500 €, si no se registran correctamente las horas trabajadas.
  • Graves: De 7.501 € hasta 22.000 €, por falsificar registros o no tener un sistema de control horario.
  • Muy graves: Multas de 22.001 € hasta 187.515 €m por reincidencia o fraude masivo en el registro de jornadas laborales.

La Inspección de Trabajo ha lanzado campañas específicas para controlar el cumplimiento de la norma.